En septiembre de 1916, la causa constitucionalista convocó al Congreso Constituyente con la pretensión de superar la situación de legalidad extraordinaria que se había generado con la Revolución. El proceso de formación constitucional seguía así la mecánica de restablecer el orden jurídico inmediatamente precedente para, desde sus principios y racionalidades, resolver las “cuestiones” que reclamaban las “necesidades públicas”. La soberanía popular era llamada, desde las bases de la ley fundamental de 1857, a “purgar” los defectos que “ya por la …
